CAES para la compra de Vehículo Eléctrico
1. Introducción
¿Has dado el paso a la movilidad eléctrica o estás pensando en hacerlo? Enhorabuena. Además de contribuir a un planeta más limpio y ahorrar en combustible, existe un beneficio oculto y poco conocido que puede suponer un importante desembolso menos en tu inversión: la monetización de los Certificados de Ahorro Energético (CAE). Si nunca has oído hablar de ellos, no te preocupes, no eres el único. Muchos propietarios de vehículos eléctricos desconocen que son titulares de un derecho valioso que pueden convertir en dinero efectivo.
2. ¿Qué es un CAE?
Los Certificados de Ahorro Energético (CAE) son un sistema creado por el Gobierno que permite obtener una compensación económica por las actuaciones que reducen el consumo de energía, como sustituir un vehículo de combustión por un vehículo 100 % eléctrico, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa.
Es importante destacar que un CAE no es una subvención ni una ayuda pública, sino un sistema de mercado regulado. El valor económico del certificado depende de la cantidad de energía ahorrada y del precio al que se negocie el ahorro con la entidad que adquiere el CAE.
Al cambiar un vehículo de combustión por uno eléctrico, el consumo de energía se reduce de forma importante. Ese ahorro puede certificarse mediante un CAE (certificación que lo acredita) y cederse a una entidad del sistema, que paga una compensación económica a cambio.
3. ¿Cómo puedes obtener un CAE al comprar un coche eléctrico?
Para obtener un CAE al comprar un coche eléctrico, es necesario demostrar que se ha sustituido un vehículo de gasolina o diésel por uno eléctrico. Ese cambio es el que genera el ahorro de energía que puede convertirse en un certificado.
El proceso consiste, primero, en tener un vehículo antiguo que se sustituye por el nuevo eléctrico. Después, se debe acreditar la operación con la documentación de ambos vehículos, como las fichas técnicas y los permisos de circulación.
Con esa información se calcula el ahorro energético siguiendo la metodología oficial (TRA050). Ese ahorro se convierte en un CAE, que puede venderse a una empresa del sistema a cambio de una compensación económica.
En e3Charger gestionamos todo el proceso de CAES por la compra de vehículo eléctrico: realizamos el cálculo del ahorro, gestionamos la documentación y tramitamos la certificación del CAE hasta su venta, para que el usuario no tenga que ocuparse de los aspectos técnicos o administrativos.
4. ¿Cómo se calcula el ahorro energético?, la ficha TRA050
El cálculo de los Certificados de Ahorro Energético (CAE) no se hace de manera libre o aproximada, sino que sigue una metodología oficial estandarizada, recogida en las fichas técnicas de actuaciones tipo de ahorro energético (TRA)
Para el caso particular de sustitución de un vehículo de combustión por un vehículo eléctrico, el Ministerio ha definido una metodología oficial denominada TRA050. Esta ficha y sus anexos las puedes descargar en el apartado de Descargas al final de este articulo.
En esta ficha se establece la metodologíaa de cálculo para comparar el consumo medio de un vehículo de combustión (diésel o gasolina) con el de un vehículo eléctrico puro (BEV), teniendo en cuenta:
- Consumo energético específico (litros/100 km frente a kWh/100 km).
- Kilometraje anual estimado.
- Factores de conversión y equivalencias energéticas oficiales.
El resultado final expresa el ahorro anual en kWh, que se traduce en el volumen de CAE generados. Mas adelante veremos un ejemplo.
El cálculo se efectúa de la siguiente manera:
Donde:
AETOTAL Ahorro anual de energía final total (kWh/año)
CVA Consumo a los 100 km del vehículo antiguo (en litros) (Nota 1)
f Factor de conversión de litros a kWh
f = 10 kWh/litro diésel
f = 9,19 kWh/litro gasolina
f = 7,16 kWh/litro GLP
f = 13,33 kWh/kg gas natural
CVN Consumo a los 100 km del vehículo nuevo (en Kwh) (Nota 2)
L Kilometraje promedio anual (en Km/año) (Nota 3)
Fp Factor de ponderación (se considera igual a 1)
Notas:
Nota 1 – Consumo a los 100 km del vehículo antiguo (en litros)
El consumo energético del vehículo antiguo será el que indique la base de datos IDAE de vehículos según litros/100km. Se localizará el consumo identificando la marca, el modelo y la potencia (CV) del vehículo antiguo:
- Para encontrar el modelo exacto, tendrá que buscar en cualquier año en que dicho modelo estuviera en venta (por ejemplo, el año en el que fue adquirido de primera mano).
En el caso se no localizar el vehículo se utilizará el consumo indicado en la siguiente tabla:
Nota 2 – Consumo en kWh/100km del vehículo nuevo (eléctrico puro)
El consumo energético del vehículo eléctrico será el que indique la base de datos IDAE según kWh/100km, en la pestaña “consumo eléctrico”. Se localizará el consumo identificando la marca, el modelo y la potencia eléctrica del vehículo nuevo.
Nota 3 – Kilometraje promedio anual
Se toma del anexo II de la ficha TRA050, estos son los datos:
4. Ejemplo de cálculo de un CAE para vehículo eléctrico (KWH/AÑO)
Vamos a poner un ejemplo de cálculo:
El vehículo antiguo es un Peugeot 4007 2.2 HDI 156 (Diesel) comprado en el año 2008 y nos hemos comprado un vehículo eléctrico puro, por ejemplo, un Nissan Leaf con 62 KWh
Los datos
CVA | 7,3 litros/100 Km | Se toma buscando en la base de datos del IDEA, año 2008 coluna consumo. |
f | 10 kWh/litro | Se toma el valor correspondiente de la leyenda de la formula |
CVN | 18 Kwh/100Km | Se toma buscando en la base de datos del IDEA: Tipo de motorización: Eléctricos puros Categoría: M1 Marca: Nissan Modelo: Leaf Luego buscamos de la lista nuestra versión de la potencia del motor exacta, el resto de equipamiento no afecta al consumo. |
L | L=13.073 Km | Se toma en la tabla del anexo III (ver nota 3 del este articulo) |
Fp | Fp=1 | Se toma este número siempre |
Aplicando la formula el resulta es:
AETOTAL = 7.190 Kwh/año de energía ahorrado
Por tanto, se podrá emitir un certificado CAE con una ahorro de 7,19 MWh
5. La conversión de los ahorros a CAE
Una vez calculado el ahorro energético de una actuación mediante la ficha TRA correspondiente, el siguiente paso es traducir ese ahorro en Certificados de Ahorro Energético (CAE)
Proceso de conversión:
- Ahorro energético en kWh
La ficha TRA proporciona el ahorro anual estimado en kWh de energía final. Este valor es la base para generar los certificados. - Factor de conversión a CAE
La normativa establece que 1 CAE equivale a 1 MWh de ahorro de energía final. Por lo tanto, el ahorro obtenido se convierte a CAE dividiendo los kWh ahorrados entre 1.000.- Ejemplo: un proyecto que ahorra 12.000 kWh/año genera 12 CAE.
- Registro y validación
El cálculo del CAE debe ser validado por un sujeto habilitado y registrado en el Registro Nacional de CAE, garantizando trazabilidad y transparencia. - Emisión del certificado
Una vez validado, se emite el CAE, que puede ser utilizado por los sujetos obligados para cumplir con sus objetivos de ahorro energético o comercializado en el mercado de certificados.
¿Y cuánto dinero se recibiría por cada CAE?
Pues depende de a quien se los vendas, cada comprador puede darte un precio, por tanto, hay que negociar. El MITECO ha publicado recientemente un informe donde dice que precio medio que ha recibido el propietario del ahorro se situó entre los 115 €/MWh y los 140 €/MWh. En 3echarger tenemos convenio con una empresa energética que ofrece 156 €/MWh, impuestos incluidos.
Ejemplo:
Para nuestro ejemplo anterior donde le ahorro es de 7.190 Kwh/año tendríamos unos 7,19 MWh por tanto se recibiría entre los 826 € y unos 1.000 €.
6. Requisitos que debes cumplir
La ficha TRA050 establece que el vehículo de combustión a sustituir por un vehículo eléctrico puro debe haber estado en posesión de su titular por más de un año. Puede ser nuevo o de primera matriculación anterior al 25 de enero de 2023 que no haya sido generador de ahorros del sistema CAE.
Solo se considerarán las categorías M (turismos y autobuses), N (furgonetas y camiones), L, por adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing o renting de vehículos matriculados a nombre del propietario inicial del ahorro, salvo en los casos de renting en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting.
Además, existen otros requisitos adicionales …
Motivos por los que pueden denegarte la solicitud
- Si el vehículo sustituido era eléctrico o híbrido enchufable, no es válido para generar ahorro energético.
- Si no se puede demostrar que el cliente era el titular legal del vehículo sustituido (o cónyuge) mediante documentación válida.
- Si no existe documentación como el cambio de titularidad del vehículo, de achatarramiento o baja definitiva en la DGT.
- Si no has sido propietario del vehículo a sustituir como mínimo por 1 año.
- El coche antiguo haya sido adquirido a través de cualquier modalidad del tipo Renting/Leasing.
- No se declaren otras ayudas públicas recibidas como por ejemplo el Plan Moves III
- Residencia Ilegal y vehículos registrados en fuera de España.
7. Los actores que intervienen en el proceso de compra-venta de un CAE
- El Ahorrador (un particular, autónomos o empresas): Es el generador original del ahorro. Al realizar una acción de eficiencia energética (como adquirir un VE).
- Sujeto delegado (o agente intermedio): Es una empresa o entidad especializada y autorizada que actúa como intermediario entre tú (el ahorrador) y el mercado. Su labor es técnica y comercial: agrupa a muchos ahorradores, realiza los cálculos, presenta la documentación al IDAE y negocia la venta de los CAE con las compañías obligadas.
- Las Compañías Obligadas: Las grandes comercializadoras de energía que, por ley, deben acreditar unos objetivos de ahorro anuales comprando CAE.
- El MITECO Es el organismo público dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que actúa como regulador y supervisor de todo el sistema.
8. Normativa
- Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
- Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético.
- Orden TED/815/2023, de 18 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un Sistema de Certificados de Ahorro Energético.
9. Descargas
Puedes descárgate la Ficha TRA050 y sus anexos:
Ficha TRA050
Anexo I ficha TRA050
Anexo II ficha TRA050
Anexo III ficha TRA050